Una gran noticia para las víctimas del terrorismo andaluzas: hasta 3.700.000 € crecerá este año el presupuesto para abonar las indemnizaciones contempladas en la Ley 10/2010, relativa a medidas para la asistencia y atención a las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La consejera de Justicia de la Junta de Andalucía, Rosa Aguilar, ha confirmado al presidente de la Asociación Andaluza Víctimas del Terrorismo (AAVT), Joaquín Vidal, que tales indemnizaciones serán totalmente cubiertas entre 2018 y 2019. Incluso, hacia final de este 2018 ese fondo podría aumentar y rebasar la cifra planificada, tal como ocurrió el pasado año, cuando al término del ejercicio la cantidad inicialmente planificada se incrementó en un millón 300 mil euros.
La ley 10/2010 fue aprobada por unanimidad de todos los grupos parlamentarios andaluces en noviembre de ese año (PSOE, PP e IU, en aquel momento) y se propone complementar las indemnizaciones estatales a las víctimas de la región, además de un amplio grupo de medidas de asistencia integral en materia legal, sanitaria, docente, laboral y de vivienda. Esta importante iniciativa legal ha tenido que enfrentar un contexto presupuestario especialmente difícil durante estos años de crisis, pero el apoyo generoso de la sociedad andaluza a sus víctimas del terrorismo ha cobrado finalmente vida en acciones concretas.
Detrás de esta noticia está el esfuerzo incansable de la Junta Directiva de la Asociación Andaluza Víctimas del Terrorismo (AAVT), encabezada por Joaquín Vidal, que ha defendido con admirable perseverancia los intereses, no solo de los asociados a la AAVT, sino de todas las víctimas del terrorismo de Andalucía.
El texto legal rebasa, con mucho, el ámbito indemnizatorio personal y va más allá. Consta de seis capítulos: en el I establece las disposiciones de carácter general (objeto, clases de medidas, beneficiarios, requisitos para la concesión de las ayudas, naturaleza de las medidas y organización y principios del procedimiento); en el II se regulan las indemnizaciones por daños físicos o psíquicos, así como las reparaciones por daños materiales e indemnizaciones por situación de dependencia; en el capítulo III se describen las prestaciones asistenciales de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el ejercicio de las materias que le son propias en los ámbitos sanitario, psicológico, educativo, de empleo y de vivienda; en el IV se estipulan los honores y distinciones de la Comunidad de Andalucía a las víctimas del terrorismo y a las instituciones; en tanto el V se ocupa de la regulación de las medidas a implementar en materia de empleo público y el capítulo VI prevé la concesión de subvenciones a las asociaciones, fundaciones, entidades e instituciones sin ánimo de lucro cuyo objeto principal sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas y afectados.